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CUENTAS ANUALES CONSOLIDADAS
valoran, tanto en el momento inicial como posteriormente, por su valor nomi-
nal cuando el efecto de no actualizar los flujos de efectivo no es significativo.
En el caso de producirse renegociación de deudas existentes, se considera
que no existen modificaciones sustanciales del pasivo financiero cuando el
prestamista del nuevo préstamo es el mismo que el que otorgó el préstamo
inicial y el valor actual de los flujos de efectivo, incluyendo las comisiones
netas, no difiere en más de un 10 % del valor actual de los flujos de efectivo
pendientes de pagar del pasivo original calculado bajo ese mismo método.
4.10) Subvenciones recibidas
Las subvenciones que tengan carácter de reintegrables se registran como pa-
sivos hasta cumplir las condiciones para considerarse no reintegrables.
Las subvenciones de carácter monetario se valoran por el valor razona-
ble del importe concedido y las subvenciones no monetarias por el valor
razonable del bien recibido, referidos ambos valores al momento de su
reconocimiento.
Las subvenciones no reintegrables relacionadas con gastos específicos se re-
conocen en la cuenta de pérdidas y ganancias en el mismo ejercicio en que
se devengan los correspondientes gastos y las concedidas para compensar
déficit de explotación en el ejercicio en que se conceden, salvo cuando se
destinan a compensar déficit de explotación de ejercicios futuros, en cuyo
caso se imputan en dichos ejercicios.
4.11) Impuestos corrientes y diferidos
El gasto o ingreso por impuesto sobre beneficios es el importe que por este
concepto se devenga en el ejercicio y que comprende tanto el gasto o ingre-
so por impuesto corriente como por impuesto diferido.
Tanto el gasto o ingreso por impuesto corriente como diferido se registra en
la cuenta de pérdidas y ganancias. No obstante, se reconoce en el patrimonio
neto el efecto impositivo relacionado con partidas que se registran directa-
mente en el patrimonio neto.
Los activos y pasivos por impuesto corriente se valorarán por las cantidades
que se espera pagar o recuperar de las autoridades fiscales, de acuerdo con
la normativa vigente o aprobada y pendiente de publicación en la fecha de
cierre del ejercicio.
Los impuestos diferidos se calculan, de acuerdo con el método del pasivo,
sobre las diferencias temporarias que surgen entre las bases fiscales de
los activos y pasivos y sus valores en libros. Sin embargo, si los impuestos
diferidos surgen del reconocimiento inicial de un activo o un pasivo en una
transacción distinta de una combinación de negocios que en el momento
de la transacción no afecta ni al resultado contable ni a la base imponible
del impuesto no se reconocen. El impuesto diferido se determina aplican-
do la normativa y los tipos impositivos aprobados o a punto de aprobarse
en la fecha del balance y que se espera aplicar cuando el correspondiente
activo por impuesto diferido se realice o el pasivo por impuesto diferido
se liquide.
Los activos por impuestos diferidos se reconocen en la medida en que re-
sulte probable que se vaya a disponer de ganancias fiscales futuras con las
que poder compensar las diferencias temporarias, considerando un horizonte
temporal de 10 años, pudiéndose superar este plazo en los supuestos en los
que la empresa aporte una clara evidencia de la recuperación de los activos
por impuestos diferidos.
Se reconocen pasivos por impuesto diferido correspondientes a diferencias
temporarias imponibles relacionadas con las inversiones en inmovilizado ma-
terial, acogiéndose a lo dispuesto RD Ley 13/2010, de 3 de diciembre, en su
disposición adicional undécima sobre libertad de amortización.
4.12) Prestaciones a los empleados
Compromisos por pensiones
La Sociedad Dominante tiene establecido un seguro colectivo de rentas y
capitales con una compañía de seguros al objeto de cubrir los compromisos
por pensiones con el personal en activo, con motivo de su jubilación antici-
pada y en concepto de premio de jubilación y vinculación.