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La efectividad y entrada en vigor de la Propuesta de Acuerdo alcanzado está

supeditada a dos condicionantes, las autorizaciones administrativas necesa-

rias por ser Tragsa empresa estatal del sector público y, además, a la aproba-

ción del modificado de la actual encomienda del Servicio.

Las principales novedades del texto consensuado son un nuevo sistema de

clasificación profesional adaptado a las especiales características y singula-

ridades del Servicio. La Propuesta de acuerdo recoge de manera profusa la

definición, requisitos, funciones, responsabilidades y descripción de tareas de

los puestos operativos y no operativos del colectivo en el servicio de pre-

vención y extinción de incendios forestales. Destaca la denominación de

“Bombero Forestal” para los puestos operativos y la incorporación de unos

puestos auxiliares de apoyo al personal operativo, que serán cubiertos por el

personal operativo que pierda la capacidad para acudir a la extinción directa

de incendios forestales por no superar el reconocimiento médico preceptivo

necesario para ocupar el puesto operativo, o, en el caso de mayores de 50

años, que además pudieran perder su aptitud por no superar las pruebas físi-

cas necesarias para el desempeño del puesto operativo. Se trata de hasta un

máximo de 50 puestos a implantar de manera progresiva desde 2018 a 2020.

Se establece un nuevo Sistema de Organización en el trabajo regulándose

un régimen de disponibilidad fuera de campaña de extinción de incendios

forestales de verano para conseguir que el colectivo esté operativo todo el

año y pueda asistir a la extinción de incendios forestales.

Se homogenizan las Condiciones Generales de Gestión y Organización del

Trabajo de todas las bases existentes en el territorio nacional en las que pres-

tan servicio este colectivo.

Consecuencia de todo lo anterior, se propone la adecuación del sistema re-

tributivo al nuevo sistema de trabajo y clasificación profesional pactado en

consonancia con las bandas retributivas del colectivo dentro de las del sector

de actividad de extinción de incendios forestales.

Dada la condición de Tragsa de sociedad mercantil estatal, la validez y vigen-

cia del acuerdo alcanzado quedó, dadas las previsiones de la Ley de Presu-

puestos Generales del Estado para 2017, en suspenso hasta la obtención del

informe favorable de SEPI y autorización, en su caso, de la Secretaría de Estado

de Presupuestos y Gastos y de la autorización de la Comisión de Seguimiento

de la Negociación Colectiva de las Empresas Públicas.

Medidas de flexibilidad laboral interna y externas de carácter individual.

Durante el año 2017 se han adoptado medidas de flexibilidad laboral interna

con la finalidad de adaptar los recursos humanos a los cambios productivos

y necesidades organizativas. Medidas como la modificación de la jornada,

el régimen de la misma o movilidades geográficas entre centros de trabajo,

aprovechando el gran número de centros de trabajo de la Empresa.

De esta manera, la Dirección de la Empresa ha primado la implantación de

medidas de flexibilidad interna si bien, en ocasiones y de forma extraordinaria

ha sido necesario aplicar medidas de flexibilidad externa puntuales, fundadas

en las causas objetivas organizativas y productivas que establece la ley.

Tragsatec

Aplicación de las previsiones del artículo 23 de la Ley 3/2017 de Presu-

puestos Generales del Estado para 2017, en relación con las retribucio-

nes del personal laboral del sector público estatal (incremento del 1%).

En fecha 10 de octubre de 2017 y en cumplimiento de las previsiones conte-

nidas en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2016, la Represen-

tación Sindical Estatal y la Dirección de la Empresa suscribieron una propues-

ta de acuerdo que permitió la aplicación de un incremento del 1% sobre las

retribuciones que se vinieran percibiendo a 31 de diciembre de 2016 y con

efectos de 1 de enero de 2017, sin computar aquellos incluidos en el capítulo

de acción social por la empresa, quedando su efectividad sujeta a la obten-

ción de las preceptivas autorizaciones previas por parte de los organismos

legalmente competentes dada la condición de empresa pública estatal.

Las indicadas autorizaciones están referidas al informe favorable de la Secretaría

de Estado de Presupuestos y Gastos y a la autorización de la Comisión de Segui-

miento de la Negociación Colectiva de las Empresas Públicas. A fecha de 31 de

diciembre de 2017, dichas autorizaciones no habían sido recibidas por Tragsatec.

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MEMORIA DE SOSTENIBILIDAD

2017