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Afianzando el compromiso con el equipo humano
Empresa
Personas beneficiadas
Importe en euros
Tragsa
424
537.102
Tragsatec
2769
2.108.025
Premio de permanencia en la empresa
Se han beneficiado
84 trabajadores
de Tragsa del premio de permanencia
en la empresa (para aquellos empleados que cumplen 20 años de antigüe-
dad), de los cuales 75 optaron por el abono de una paga extraordinaria y 9 por
el disfrute de 11 días de vacaciones.
5.3. Conciliación, igualdad
y no discriminación
El Grupo Tragsa, consciente de la importancia de la diversidad en los equipos
de trabajo, impulsa la participación de la mujer y de las personas con disca-
pacidad en todas las áreas, garantizando la igualdad de trato y no discrimina-
ción e incentivando medidas orientadas a favorecer la conciliación de la vida
familiar, personal y laboral.
Conciliación
Desde el Grupo Tragsa se promueven medidas para facilitar la conciliación de
la vida familiar, personal y laboral.
Se adopta un
sistema flexible
en lo referente a las reducciones de jornada
por razones de guarda legal o para cuidado directo de un familiar, ya que
no se exige que los trabajadores reduzcan diariamente su jornada (como
regula el artículo 37.5 del Estatuto de los Trabajadores en su Reforma dada
por la Ley 3/2012, de 6 de julio), sino que se facilita que puedan compensarla
semanalmente.
También se facilita una flexibilidad horaria de 15 minutos antes o después de la
hora de entrada y de salida determinada por el trabajador que está disfrutando
de una reducción de jornada, que deben ser compensados en el mismo día.
Por su parte en Tragsatec, continua vigente el Acuerdo para la aplicación del
principio de flexibilidad horaria al personal con reducción de jornada al amparo
del artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores. En virtud del mismo, el colectivo
de Tragsatec afectado por el acuerdo, podrá elegir entre las siguientes opcio-
nes, que amplía aún más las posibilidades de conciliación laboral y familiar:
•
La realización de un horario rígido sin necesidad de respetar el tronco
común obligatorio existente en la norma horaria de aplicación, con libre
elección de horario dentro de los límites impuestos por el referido artícu-
lo 37 del Estatuto.
•
La aplicación del principio de flexibilidad horaria vigente en la empresa con
reducción proporcional de presencia durante el tronco horario común y
obligatorio a la reducción de jornada elegida y con posibilidad de aplicar la
compensación horaria entre días y semanas en idéntica proporción.
A continuación se detallan aquellos motivos de licencia y permisos estableci-
dos en el Grupo, que suponen una mejora a lo establecido legalmente.