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Informe Anual 2018

Colonización y Transformación Agraria, S.A. (CYTASA)

Colonización y Transformación Agraria, S.A., es una sociedad anónima, de na-

cionalidad paraguaya, participada en un 100% por Tragsa, que fue constitui-

da en Asunción (Paraguay), el 13 de noviembre de 1978, y cuyo objeto social

es la colonización y transformación agraria, y cualquiera actividad previa o

complementaria, o que esté relacionada con estos fines.

Tragsa Brasil

Tragsa Brasil (Desenvolvimento de Projetos Agrários LTDA) es una sociedad de

responsabilidad limitada, participada en un 90,82% por la Empresa de Trans-

formación Agraria, S.A., S.M.E., M.P., (Tragsa) y en un 9,18%, por Tecnologías y

Servicios Agrarios, S.A., S.M.E., M.P., (Tragsatec), con el mismo objeto social que

las citadas sociedades, cuya constitución fue autorizada por el Consejo de

Ministros de 11 de enero de 2013, otorgándose la escritura de constitución,

con fecha de 4 de marzo de 2013.

Gestión y Dirección

La norma interna NYP. 02 describe la estructura organizativa y las funciones

de las Unidades del Grupo Tragsa y sus órganos de dirección colegiada en

orden a la consecución de sus funciones legales, objetivos estatutarios y re-

quisitos de los Sistemas de Calidad y Gestión Ambiental de sus empresas.

Dicha norma se modificó por última vez el 30 de octubre de 2018, fecha en

que se procedió a la revisión del Organigrama y correspondiente adaptación

del modelo organizativo.

Órganos de Dirección Colegiada

Como órganos colegiados en el ámbito de la Dirección, al objeto de asegurar

la debida coordinación en la gestión, planificación, supervisión y seguimiento

de la actividad del Grupo Tragsa, se definen los siguientes órganos de direc-

ción colegiada: Comité de Dirección y Comité Territorial.

Comité de Dirección

Forman parte del mismo la Presidencia, que lo preside, y las Direcciones

Corporativas, así como las Direcciones de Tragsa y Tragsatec. Actúa como

secretaría del órgano la persona responsable del Gabinete de Presidencia.

Complementariamente puede asistir a las reuniones cualquier otro puesto

de responsabilidad que la Presidencia considere oportuno por la naturaleza o

especialización de los temas a tratar.

El Comité de Dirección se reúne semanalmente, pudiendo reunirse adicional-

mente de forma extraordinaria cuando se considere necesaria su convocato-

ria por razón de la urgencia de los temas a tratar. La presencia en el Comité

de Dirección no es delegable. En caso de ausencia del Presidente, asume sus

funciones la Dirección de Coordinación y Acciones Institucionales.

Responsabilidades

Sus principales funciones son las siguientes:

Conformar la opinión general de la Dirección en relación con la gestión

del Grupo, proponiendo a la Presidencia, para su aprobación, cuantas po-

líticas y procedimientos sean precisos.

Definir la estrategia y transformación del Grupo, para su consideración

por la Presidencia.

Proponer los Presupuestos Anuales y de Inversión, reportando, en las su-

cesivas reuniones, su seguimiento.