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Gestionando estratégicamente a los grupos de interés
Las principales novedades de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público
en su afectación al Grupo Tragsa son:
•
Desaparecen las instrucciones de contratación.
•
Se amplían los límites en recursos en materia de contratación.
•
Desaparecen los procedimientos simplificados.
•
Se amplían los plazos de publicidad en expedientes no sujetos a regula-
ción armonizada.
•
Se modifican los límites y tratamiento de las menores cuantías.
Además, la ley supone la inclusión en los contratos públicos consideraciones
de tipo social, medioambiental y de innovación y desarrollo. Estas considera-
ciones podrán incluirse tanto al diseñarse los criterios de adjudicación, como
criterios cualitativos para evaluar la mejor relación calidad-precio o como
condiciones especiales de ejecución.
Contratación responsable
El Grupo Tragsa es consciente de que la contratación pública tiene una in-
fluencia muy importante en el entorno socioeconómico actual y continúa
avanzando en el establecimiento de criterios de compra responsable.
A lo largo de todo el proceso de contratación responsable se tienen en cuen-
ta las disposiciones legales aplicables, en concreto:
•
Orden PRE/116/2008, de 21 de enero, por la que se publica el Acuerdo
de Consejo de Ministros por el que se aprueba el Plan de Contratación
Pública Verde de la Administración General del Estado y sus Organismos
Públicos, y las Entidades Gestoras de la Seguridad Social.
•
Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible (LES).
•
Texto Refundido de la Ley General de Derechos de las personas con dis-
capacidad y de su inclusión social, aprobado por Real Decreto Legislativo
1/2013 de 29 de noviembre.
•
Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP),
por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las directivas
del parlamento europeo y del consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26
de febrero de 2014.
Con el objetivo general de extender los criterios de RSC a proveedores y em-
presas colaboradoras, en el
Plan Director de RSC Horizonte 2020
se han
fijado dos objetivos específicos (OE): OE 4.1. Avanzar en la contratación res-
ponsable, y OE 4.2. Gestión responsable de la cadena de suministro. De este
modo se persigue ir incorporando de forma progresiva los criterios de RSC en
los pliegos de contratación (cláusulas sociales y ambientales) y hacer exten-
sivo a todos los colaboradores el cumplimiento del Código Ético del Grupo
Tragsa.
A este respecto cabe indicar que se ha entregado el Código Ético del Grupo
Tragsa al 100% de los proveedores sujetos a regulación armonizada (importes
superiores a 209.000 euros) y que en el 75% de los contratos de cualquier
importe suscritos en 2017 se ha incluido una cláusula de cumplimiento de
dicho código.
Extensión de la responsabilidad ambiental
en la cadena de suministro
El Sistema Integrado de Calidad y Medio Ambiente del Grupo establece los
requisitos ambientales y de calidad que se deben incluir en los contratos con
los proveedores, siempre de acuerdo con la Ley de Contratos del Sector Pú-
blico. Éstos son, básicamente, la calidad de los productos y servicios, el cum-
plimiento de la legislación aplicable al tipo de producto, el cumplimiento de
plazos, el control operacional establecido en el Sistema de Calidad y Medio
Ambiente y la correcta gestión de los residuos generados por el proveedor.
En virtud del procedimiento interno “SCM.00. Sistema Integrado de Calidad y
Medio Ambiente: Manual de Calidad y Gestión Ambiental”, los proveedores y
subcontratistas del Grupo Tragsa son informados sobre sus responsabilidades
en relación con el comportamiento ambiental de las actividades a realizar, así
como de los canales de comunicación que se encuentran a su disposición
para cualquier aspecto relativo al sistema. Asimismo, no existe en el sistema
una identificación de los aspectos de las subcontratas independiente de los
propios, tal como se define en las directrices de la norma UNE EN ISO 14.001,
por lo que la identificación y evaluación de aspectos ambientales se rige por
el procedimiento interno: “SCM.11. Sistema Integrado de Calidad y Medio
Ambiente: identificación y evaluación de los aspectos ambientales”.
Se ha entregado
el Código Ético del
Grupo Tragsa al 100%
de los proveedores
sujetos a regulación
armonizada (importes
superiores a 209.000
euros)